Tus derechos se movilizan contigo

Mantente actualizado y viaja con tranquilidad, sabiendo cuáles son tus derechos y obligaciones en cada país de la Red Golondrinas. 

Hola ¡Te estábamos esperando! Para conocer los derechos del país que te encuentras o tienes pensado ir, presiona sobre el mismo dentro del mapa. Te aparecerá una ventana flotante y al final un botón para que nos contactes. Será un gusto asesorarte y acompañarte en este proceso.

Derechos de los inmigrantes / Salud / Viviendo con VIH

En Argentina, las personas migrantes que viven con VIH tienen derecho a acceder al sistema de salud público, gratuito y universal, en conformidad con la Ley Nacional de Migraciones (N° 25.871) y la Ley de Respuesta Integral al VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis e ITS (N° 27.675). Estas normativas garantizan el acceso igualitario a servicios de salud para todas las personas, independientemente incluso de su situación migratoria irregular. Además, la ley de respuestas integral al VIH promueve un enfoque de derechos humanos y no discriminación, asegurando la provisión gratuita de medicamentos, tratamientos y atención integral a las personas con VIH, sin importar su nacionalidad o estatus migratorio.

No obstante, a pesar de estas garantías legales, persisten barreras prácticas, discriminación y desconocimiento de derechos, que pueden dificultar el ejercicio pleno de estas libertades fundamentales. Algunas provincias han avanzado en un sentido contrario a los principios de gratuidad y universalidad respecto de las personas migrantes no residentes.

Por lo tanto, te recomendamos que ante cualquier situación concreta que estés viviendo vos u otra personas, o ante dudas más específicas, contacta directamente con los servicios de FH dado que esta información puede haber sido desactualizada.

Bolivia cuenta con un marco normativo que garantiza los derechos de la poblacion migrante, incluyendo el acceso a la salud, educación y trabajo, sin discriminación por su orientación sexual o condicion migratoria. La Ley de Prevención de VIH Nro. 3729 refuerza estos derechos, asegurando el acceso a tratamiento antirretroviral (ARV) para todas las personas, independientemente de su estatus migratorio.


Sin embargo, en los últimos meses se han registrado restricciones en el acceso a la salud pública para los migrantes, lo que ha impulsado a IpDH, el Defensor del Pueblo, CARITAS y OSC a impulsar acciones para incorporarlos al Sistema Único de Salud (SUS).


La población migrante que vive con VIH requiere especial atención, ya que enfrenta barreras adicionales debido a la falta de sensibilización del personal de salud en temas de migración y VIH.

En Colombia, los inmigrantes cuentan con derechos fundamentales reconocidos por la Constitución y el marco legal del país, los cuales son aplicables sin importar su situación migratoria. Estas garantías abarcan áreas como la educación, la salud, el trabajo digno y la protección social, en línea con los principios de igualdad y no discriminación. Además, la Corte Constitucional ha sido un actor clave en la protección de los derechos de los migrantes, emitiendo fallos que reafirman el respeto por su dignidad humana y acceso a servicios básicos esenciales.

Los inmigrantes en Colombia tienen derechos fundamentales reconocidos, independientemente de su situación migratoria.

Marco legal:

  • Constitución Política de Colombia (1991): El artículo 13 garantiza la igualdad y prohíbe la discriminación por razones de nacionalidad, género, orientación sexual, estado de salud, entre otras.
  • Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y Adolescencia): Los niños, niñas y adolescentes extranjeros tienen derecho a la educación, la salud y la protección sin importar su situación migratoria.
  • Sentencias de la Corte Constitucional: La Corte ha reafirmado que el respeto por la dignidad humana y los derechos fundamentales aplica a todas las personas dentro del territorio colombiano, incluidos los inmigrantes en situación irregular.

Derechos específicos:

  • Derecho a la educación para niños y adolescentes migrantes.
  • Derecho al trabajo digno bajo las leyes colombianas si cuentan con regularización migratoria.
  • Derecho a acceder a servicios de salud y protección social, al menos en casos de urgencias.
Derecho en Salud

El derecho a la salud en Colombia es universal y no depende de la nacionalidad. Por lo tanto, las personas migrantes de cualquier país tienen acceso a servicios de salud, aunque el alcance puede variar dependiendo de su situación migratoria.

  1. Atención en casos de urgencia: La Ley Estatutaria de Salud (Ley 1751 de 2015) establece que todas las personas dentro del territorio colombiano, incluidas las extranjeras, tienen derecho a recibir atención médica de urgencia sin importar su estatus migratorio. Esto incluye el tratamiento inicial necesario para preservar la vida o evitar complicaciones graves de salud.
  2. Afiliación al sistema de salud: Las personas de otras nacionalidades que cuenten con una visa de residencia, visa de trabajo, o cualquier tipo de regularización migratoria pueden afiliarse al Sistema General de Seguridad Social en Salud.

– Si tienen ingresos y trabajan formalmente, se deben afiliar al régimen contributivo.

– Si no cuentan con recursos suficientes, pueden solicitar su inclusión en el régimen subsidiado a través de la encuesta Sisbén IV.

– Los migrantes irregulares (sin documentación válida) no pueden afiliarse al sistema de salud, pero aún tienen derecho a atención de urgencias. En casos excepcionales, como enfermedades crónicas graves o embarazos, pueden solicitar atención adicional mediante fallos judiciales.

  1. Programas e iniciativas complementarias:

– Aunque el Estatuto Temporal de Protección para Venezolanos (ETPV) es específico para migrantes de Venezuela, hay programas de ayuda humanitaria y cooperación internacional que apoyan a personas de otras nacionalidades:

– Organizaciones como ACNUR, OIM y Cruz Roja trabajan para garantizar acceso a servicios básicos de salud, especialmente en comunidades fronterizas y para personas en tránsito.

– Algunas alcaldías y departamentos ofrecen servicios diferenciados a la población migrante en general, independientemente de su nacionalidad, con base en convenios con organizaciones internacionales.

Personas inmigrantes viviendo con VIH

Colombia reconoce el derecho a la atención integral de las personas viviendo con VIH, incluidas las personas inmigrantes, independientemente de su situación migratoria.

Atención y servicios a personas con VIH:

Pruebas diagnósticas: Las pruebas rápidas y confirmatorias para VIH son gratuitas en hospitales públicos, algunas EPS y organizaciones no gubernamentales como Profamilia.

Tratamiento antirretroviral (ARV): Los medicamentos para tratar el VIH están incluidos en el Plan de Beneficios en Salud (PBS). Las personas en situación irregular también pueden acceder a este tratamiento mediante fallos judiciales o atención de urgencias extendida.

Atención integral: Además del tratamiento, se garantiza el seguimiento médico, asesoramiento psicológico y manejo de enfermedades oportunistas.

Migrar es un derecho humano, y en Ecuador, La Constitución Ecuatoriana del 2008 y los tratados internacionales ratificados por el país establecen que ningún migrante puede ser criminalizado por su estatus migratorio (Art. 40 de la Constitución), y que debe gozar de los mismos derechos fundamentales y obligaciones que cualquier ciudadano ecuatoriano. 

Esto incluye:

  • Acceso a salud y educación en igualdad de condiciones con los ciudadanos ecuatorianos.
  • Debido proceso en casos de deportación o detención.
  • Derecho a la regularización según las normativas migratorias vigentes.
Conoce más sobre tus derechos

Además, el Estado ecuatoriano ha implementado mecanismos para la regularización migratoria, permitiendo que quienes residen en el país puedan acceder a documentación legal y estabilidad. Conocer estos derechos es fundamental para que las personas migrantes puedan ejercerlos y exigir su cumplimiento en caso de vulneración.

Esto incluye:

  • Estatus de refugiado: Se reconoce a quienes huyen de persecución y violencia (Convención de 1951 y normativa nacional).
  • Acceso a documentos de identidad y regularización migratoria a través de procesos establecidos por la Cancillería del Ecuador.
  • Protección contra la deportación en casos de refugio o vulnerabilidad.
  • Acceso a educación y salud sin discriminación.

 

A pesar de estos avances, muchos migrantes aún enfrentan barreras en el acceso a sus derechos, lo que resalta la importancia de promover su inclusión y protección efectiva dentro de la sociedad ecuatoriana.

Derecho en Salud

El acceso a los derechos de las personas es limitado pese al trabajo que realizan instituciones de gobierno e intergubernamentales. 

Las personas migrantes que viven con VIH enfrentan una barrera para acceder a medicamento debido a que el marco legal permite proporcionar únicamente a aquellas personas con identificación legal.  Es común que las personas reporten haber extraviado o haber sufrido el hurto de sus documentos personales.

Algunas personas migrantes que logran contactarse con alguna OBC u OSC logran acceder a algún tipo de atención pero solo si son servicios liderados por la comunidad, dado que tienen la apertura de atender a las personas cuando no tienen su documento de identidad.

No existe un procedimiento para que una persona pueda acceder a tratamiento o a medicamentos si es diagnosticada o reporta vivir con VIH.

Personas inmigrantes viviendo con VIH

Según un reportaje del Organización Panoamericana de Salud, el Ministerio de Salud de Guatemala en 2022, reportó un incremento del 23.72% de nuevos casos positivos en comparación al año 2021[1]. Sin embargo, las campañas de detección temprana y el acceso adecuado a la salud muestran índices positivos. En 2021, 31 000 personas con VIH, el 97% conocen su diagnóstico y el 79% de las personas que conocen su estado están en tratamiento antirretroviral y 93% de ellas han logrado una supresión viral.

La incidencia fue de 0.07 por cada 1.000 habitantes, con una prevalencia del 0.2. A pesar de estas cifras, las muertes relacionadas con el sida fueron menos de 500, que es una reducción de 9% en comparación con 2021.

En Francia, el sistema sanitario permite a cualquier persona, incluidos los extranjeros, buscar tratamiento y recibir asesoramiento sobre su salud y sexualidad. Para ello, es esencial entender cómo funciona el sistema sanitario francés, dónde acudir y cómo obtener ayuda.

Aunque se encuentre ilegalmente en Francia, tiene derecho a acceder a la asistencia sanitaria en Francia, un derecho previsto por la ley. Existen estructuras a las que puede acceder sin riesgo de expulsión. En esta sección se describen las estructuras gratuitas de asistencia sanitaria y de información.

Derecho en Salud
  • En Francia el régimen de asistencia urgente y vital (DSUV): para las personas que llevan menos de tres meses en Francia o que no tienen derecho a la ayuda médica estatal. Proporciona atención rápida cuando la ausencia de tratamiento pondría en peligro la salud de una persona o de un feto (por ejemplo, exámenes durante el embarazo y el parto, interrupción voluntaria del embarazo (IVG), atención a enfermedades como la tuberculosis o el VIH, atención a menores).
  • Aide médicale d’État (AME): es una prestación de asistencia social para los extranjeros sin permiso de residencia que llevan más de tres meses viviendo en Francia y tienen pocos ingresos. Cubre los gastos de asistencia sanitaria (médicos, medicamentos, análisis, etc.). La AME debe solicitarse a la Caja del Seguro de Enfermedad. Se concede por un año. La AME puede renovarse cada año en la Caja del Seguro de Enfermedad siempre que se cumplan las condiciones
Personas inmigrantes viviendo con VIH

En Francia se pueden realizar diversas pruebas de detección: del VIH y de determinadas infecciones de transmisión sexual (ITS), de los virus de la hepatitis B y C, de la tuberculosis, del cáncer de colon a partir de los 50 años, del cáncer de cuello de útero en mujeres a partir de los 25 años, del cáncer de mama en mujeres a partir de los 50 años, de la diabetes, etc. Existen diferentes métodos, según la patología que se esté investigando: análisis de sangre, frotis, radiografías, biopsias, etc.

  • Puede obtener más información sobre el cribado en un médico, un centro de salud, el Cegidd (centro gratuito de información, cribado y diagnóstico) o el PASS.

 

La vacunación proporciona protección contra determinadas enfermedades (hepatitis A, hepatitis B, VPH (virus del papiloma humano), etc.). En particular, existe una vacuna eficaz contra la hepatitis B que puede prevenir la enfermedad. Es importante ponérsela lo antes posible, a partir de los dos meses en el caso de los niños.

Algunas vacunas proporcionan protección de por vida, mientras que otras requieren dosis de refuerzo.

En Francia, el sistema sanitario permite a cualquier persona, incluidos los extranjeros, buscar tratamiento y recibir asesoramiento sobre su salud y sexualidad. Para ello, es esencial entender cómo funciona el sistema sanitario francés, dónde acudir y cómo obtener ayuda.

Aunque se encuentre ilegalmente en Francia, tiene derecho a acceder a la asistencia sanitaria en Francia, un derecho previsto por la ley. Existen estructuras a las que puede acceder sin riesgo de expulsión. En esta sección se describen las estructuras gratuitas de asistencia sanitaria y de información.

Derecho en Salud
  • En Francia el régimen de asistencia urgente y vital (DSUV): para las personas que llevan menos de tres meses en Francia o que no tienen derecho a la ayuda médica estatal. Proporciona atención rápida cuando la ausencia de tratamiento pondría en peligro la salud de una persona o de un feto (por ejemplo, exámenes durante el embarazo y el parto, interrupción voluntaria del embarazo (IVG), atención a enfermedades como la tuberculosis o el VIH, atención a menores).
  • Aide médicale d’État (AME): es una prestación de asistencia social para los extranjeros sin permiso de residencia que llevan más de tres meses viviendo en Francia y tienen pocos ingresos. Cubre los gastos de asistencia sanitaria (médicos, medicamentos, análisis, etc.). La AME debe solicitarse a la Caja del Seguro de Enfermedad. Se concede por un año. La AME puede renovarse cada año en la Caja del Seguro de Enfermedad siempre que se cumplan las condiciones
Personas inmigrantes viviendo con VIH

En Francia se pueden realizar diversas pruebas de detección: del VIH y de determinadas infecciones de transmisión sexual (ITS), de los virus de la hepatitis B y C, de la tuberculosis, del cáncer de colon a partir de los 50 años, del cáncer de cuello de útero en mujeres a partir de los 25 años, del cáncer de mama en mujeres a partir de los 50 años, de la diabetes, etc. Existen diferentes métodos, según la patología que se esté investigando: análisis de sangre, frotis, radiografías, biopsias, etc.

  • Puede obtener más información sobre el cribado en un médico, un centro de salud, el Cegidd (centro gratuito de información, cribado y diagnóstico) o el PASS.

 

La vacunación proporciona protección contra determinadas enfermedades (hepatitis A, hepatitis B, VPH (virus del papiloma humano), etc.). En particular, existe una vacuna eficaz contra la hepatitis B que puede prevenir la enfermedad. Es importante ponérsela lo antes posible, a partir de los dos meses en el caso de los niños.

Algunas vacunas proporcionan protección de por vida, mientras que otras requieren dosis de refuerzo.

Derecho en Salud

Varios artículos de la legislación de la República Dominicana garantizan el derecho a la salud y el acceso a la atención médica:

– El artículo 61 de la Constitución garantiza el derecho a la salud de todas las personas en el territorio dominicano;

– El artículo 28 de la Ley 285-04 sobre migración garantiza el acceso a la asistencia médica a las mujeres migrantes embarazadas;

– El artículo 58 de la ley 135-11 garantiza el acceso a la atención de las PVVs, sin discriminación, en los centros de salud de la República Dominicana.

Sin embargo, existen varios obstáculos para acceder al sistema de salud. En primer lugar, el acceso a la información en los centros de salud es difícil para los no hispanohablantes. A ello se añade la dificultad de comunicarse en distintas lenguas (creol, francés, otros idiomas nativos) con los profesionales de salud. Además, los inmigrantes pueden vivir situaciones de discriminación por los profesionales de salud.

Personas inmigrantes viviendo con VIH

La epidemia de VIH/SIDA en República Dominicana se mantiene estable en la población general. Los últimos estudios epidemiológicos muestran una tasa de prevalencia nacional del 0,8% (ENDESA 2013). Las poblaciones más afectadas son los hombres que tienen sexo con hombres (5,2%), las personas transgénero (18%), las trabajadoras sexuales (4,5%), los migrantes de origen haitiano (4,6%), las mujeres vulnerables socialmente (2,4%) y los consumidores de drogas (prevalencia estimada entre 1,3% y 7,8% en 2008).

Organización del sistema de salud público

El sistema de salud en Argentina es amplio y complejo, caracterizado por su fragmentación y la coexistencia de diferentes niveles de gestión y provisión de servicios. Se conforma de tres subsistemas: salud pública, obras sociales y salud privada. 

La salud pública se conforma con una red de hospitales nacionales, provinciales y municipales que abarca los tres niveles de atención; desde atención primaria hasta alta complejidad. Se caracteriza por garantizar cobertura según el principio de universalidad. Por lo tanto, cualquier persona tiene derecho a acceder a prestaciones de salud. 

Las obras sociales son entidades que prestan asistencia sanitaria a los trabajadores en relación de dependencia. Existen obras sociales estatales y privadas pero la mayoría son de naturaleza sindical.​ Resultan equivalentes a los seguros médicos de otros países. 

Finalmente, la salud privada se organiza principalmente a través de una red de empresas de medicina prepaga que prestan un servicio de seguro médico a través del pago de una cuota voluntaria. 

En Bolivia, El Sistema de Salud Único (SUS) está organizado de la siguiente manera:

Primer nivel: Centros de salud ubicados en comunidades y barrios, donde se brinda atención primaria y se resuelve la mayoría de las enfermedades comunes.

Segundo nivel: Hospitales que ofrecen servicios especializados en ginecología, pediatría, cirugía y medicina interna.

Tercer nivel: Hospitales de alta complejidad que cuentan con todas las especialidades médicas y brindan atención a pacientes con enfermedades graves.

El financiamiento del SUS proviene del Presupuesto General del Estado, y Cooperación internacional gestionadas por el Estado.

El sistema de salud en Colombia se basa en el modelo de aseguramiento social en salud, establecido por la Ley 100 de 1993, con un enfoque mixto que combina participación pública y privada. Su principal objetivo es garantizar el acceso a servicios de salud de calidad, equitativos y oportunos para toda la población, fundamentado en el principio de universalidad y en la Ley Estatutaria 1751 de 2015, que reconoce la salud como un derecho fundamental autónomo.

  1. Ministerio de Salud y Protección Social (MinSalud): Es la máxima autoridad en salud en el país, encargada de diseñar políticas, regular el sector y garantizar el acceso equitativo.
  1. Entidades Territoriales: Gobernaciones y alcaldías tienen funciones clave en la gestión de los servicios de salud en sus territorios, incluyendo la vigilancia y control de los prestadores de servicios.
  1. Aseguradoras:
  • Entidades Promotoras de Salud (EPS): Son responsables de afiliar a la población, gestionar los recursos y garantizar la prestación de servicios incluidos en el Plan de Beneficios en Salud (PBS).
  • Régimen contributivo: Para personas con capacidad de pago, quienes aportan un porcentaje de su salario.
  • Régimen subsidiado: Para personas en situación de vulnerabilidad económica, financiado con recursos públicos.
  • Prestadores de Servicios de Salud (IPS):

Incluyen hospitales, clínicas y centros de salud, tanto públicos como privados, que prestan servicios directamente a los pacientes.

El sistema de salud en Ecuador está estructurado en diferentes niveles de atención y dividido en sectores público y privado, con el objetivo de garantizar el acceso a los servicios médicos para toda la población.

  • Sistema Público: Incluye el Ministerio de Salud Pública (MSP), el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), el Instituto de Seguridad Social de la Policía (ISSPOL) y el de las Fuerzas Armadas (ISSFA), que brindan cobertura a sus afiliados. La atención en hospitales públicos del MSP es gratuita.
  • Sistema Privado: Clínicas y hospitales que ofrecen servicios pagados o cubiertos por seguros de salud privados.

 

Además, existe una red complementaria, compuesta por ONG´s y fundaciones que trabajan con poblaciones específicas, como población en situación de movilidad humana, comunidad LGBTIQ+ y personas que viven con VIH, facilitando el acceso a atención médica especializada. Este sistema busca garantizar la atención médica para todas las personas en el país, aunque el acceso a los servicios puede variar según la institución y su ubicación geográfica.

El sistema de salud público en Guatemala está estructurado de la siguiente manera:

  • Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS):

    • Brinda atención gratuita (en teoría) a través de:

      • Puestos de salud (atención primaria).

      • Centros de salud (servicios básicos).

      • Hospitales nacionales (atención especializada).

    • En la actualidad,  sigue siendo subfinanciado, con problemas de desabastecimiento de medicamentos y saturación.

    • Se implementó parcialmente el SIGSA 2.0 (Sistema Informático para gestión de salud), pero con limitaciones en zonas rurales.

  • Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS):

    • Atiende a trabajadores formales (cotizantes).

    • En la actualidad, enfrenta crisis financiera por subempleo y evasión de aportes.

    • Tiene hospitales especializados (como el Hospital de Especialidades), pero con largas listas de espera.

En Francia, los inmigrantes en situación irregular pueden acceder a los servicios de salud a través de programas de ayuda estatal. En caso de emergencia, los inmigrantes pueden acudir al hospital. Sin embargo, no pueden beneficiar de la seguridad social del Estado.

Los inmigrantes en situación irregular pueden beneficiar de los programas siguientes si pueden presentar un justificativo de domicilio:    

  • La ayuda médica del Estado “Aide Médicale de l’État[1]” (AME). La persona que quiere acceder a este programa debe hacer una solicitud y realizar un trámite. Para acordar este ayuda, se estudia los recursos económicos y se verifica la residencia de la persona. Cuando la AME es concedida, es válida por un año y debe renovarse cada año. El programa cubre todas las consultas médicas y hospitalarias, con algunas excepciones, en base a la tarifa fijada por la seguridad social.
  • Permiso de residencia o visado por razones médicas[2]. La condición principal para obtener el permiso de residencia es la evaluación médica de un profesional de salud de la Oficina Francesa de Inmigración e Integración (Ofii), quién indica si el estado de salud de la persona es delicada y si la persona puede venir y permanecer en Francia para iniciar un tratamiento adecuado a su estado de salud. En este caso, la persona beneficiaria debe justificar una residencia habitual en Francia y demostrar que no tiene acceso a un tratamiento adecuado en su país de origen. La solicitud de este permiso de residencia se hace ante la Ofii.
  • Subsidio para adultos discapacitados para las personas regularizadas, “Allocation aux adultes handicapés pour les personnes régularisées” (AAH). Se trata de una asistencia económica a los adultos cuya discapacidad ha sido confirmada por una comisión especial.

Todos estos programas de ayuda permiten a los beneficiarios acceder a la salud y facilitan su trayectoria en salud.  

Sin embargo,  muchos obstáculos dificultan el acceso a la salud.  En primer lugar, el trámite para acceder a estos programas se hace en línea. Para muchas personas, es aún muy difícil entender las funcionalidades de los sitios en dónde se tiene que hacer la solicitud. Algunas personas no tienes los dispositivos electrónicos para poder compartir documentos personales de manera digital. En segundo lugar, hay dificultades en la comunicación en diferentes idiomas (creol, francés, local). En tercer lugar, hay situaciones de discriminación y estigmatización por parte de los profesionales de salud que hacen vulnerables los derechos de las personas en situación irregular.

En Francia, los inmigrantes en situación irregular pueden acceder a los servicios de salud a través de programas de ayuda estatal. En caso de emergencia, los inmigrantes pueden acudir al hospital. Sin embargo, no pueden beneficiar de la seguridad social del Estado.

Los inmigrantes en situación irregular pueden beneficiar de los programas siguientes si pueden presentar un justificativo de domicilio:    

  • La ayuda médica del Estado “Aide Médicale de l’État[1]” (AME). La persona que quiere acceder a este programa debe hacer una solicitud y realizar un trámite. Para acordar este ayuda, se estudia los recursos económicos y se verifica la residencia de la persona. Cuando la AME es concedida, es válida por un año y debe renovarse cada año. El programa cubre todas las consultas médicas y hospitalarias, con algunas excepciones, en base a la tarifa fijada por la seguridad social.
  • Permiso de residencia o visado por razones médicas[2]. La condición principal para obtener el permiso de residencia es la evaluación médica de un profesional de salud de la Oficina Francesa de Inmigración e Integración (Ofii), quién indica si el estado de salud de la persona es delicada y si la persona puede venir y permanecer en Francia para iniciar un tratamiento adecuado a su estado de salud. En este caso, la persona beneficiaria debe justificar una residencia habitual en Francia y demostrar que no tiene acceso a un tratamiento adecuado en su país de origen. La solicitud de este permiso de residencia se hace ante la Ofii.
  • Subsidio para adultos discapacitados para las personas regularizadas, “Allocation aux adultes handicapés pour les personnes régularisées” (AAH). Se trata de una asistencia económica a los adultos cuya discapacidad ha sido confirmada por una comisión especial.

Todos estos programas de ayuda permiten a los beneficiarios acceder a la salud y facilitan su trayectoria en salud.  

Sin embargo,  muchos obstáculos dificultan el acceso a la salud.  En primer lugar, el trámite para acceder a estos programas se hace en línea. Para muchas personas, es aún muy difícil entender las funcionalidades de los sitios en dónde se tiene que hacer la solicitud. Algunas personas no tienes los dispositivos electrónicos para poder compartir documentos personales de manera digital. En segundo lugar, hay dificultades en la comunicación en diferentes idiomas (creol, francés, local). En tercer lugar, hay situaciones de discriminación y estigmatización por parte de los profesionales de salud que hacen vulnerables los derechos de las personas en situación irregular.

Organización Institucional:

  • Rectoría:

    • Ministerio de Salud Pública (MISPAS): Define políticas, regula y supervisa el sistema.

    • Servicio Nacional de Salud (SNS): Gestiona la red pública de servicios (hospitales, centros de atención primaria).

  • Financiamiento:

    • Seguro Familiar de Salud (SFS): Sistema de aseguramiento para empleados formales (cubre ~60% de la población).

    • Subsidio estatal: Para población pobre (vía Programa de Medicamentos EsencialesPromese/CAL).

Red de servicios Públicos:

  • Niveles de atención:

    1. Primer nivel: Unidades de Atención Primaria (UNAP) y Centros de Diagnóstico (maternidades, vacunación).

    2. Segundo nivel: Hospitales provinciales (ej.: Hospital Moscoso Puello en Santo Domingo).

    3. Tercer nivel: Hospitales regionales/especializados (ej.: Hospital Robert Reid Cabral pediátrico).

  • Infraestructura crítica:

    • Hospitales de referencia: Concentrados en ciudades grandes (Santo Domingo, Santiago).

    • Zonas rurales: Dependen de clínicas móviles y ONGs.

Derechos LGBTIQ+

En Argentina, las personas migrantes LGBTIQ+ cuentan con un marco legal que protege sus derechos fundamentales, en consonancia con la Ley Nacional de Migraciones (N° 25.871) y otras normativas como la Ley de Identidad de Género (N° 26.743) y la Ley de Matrimonio Igualitario (N° 26.618). Estas leyes garantizan el acceso a derechos como el cambio registral de nombre y género según la autopercepción, reconocimiento de género no binario, la posibilidad de contraer matrimonio con independencia del género de las personas contrayentes, la adopción conjunta, y la igualdad ante la ley, entre otros. No obstante, a pesar de estas garantías legales las personas LGBTIQ+ pueden experimentar situaciones concretas de menoscabo o restricciones en sus derechos. Por lo tanto, te recomendamos que ante cualquier situación concreta que estés viviendo vos u otra personas, o ante dudas más específicas, contacta directamente con los servicios de FH.

Bolivia, ha realizado avances significativos en derechos de las personas lesbianas, gay, bisexuales (LGBTIQ+). La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual, identidad de género, origen, cultura, etc. Sin embargo, a pesar de estos avances legales, persisten desafíos y desigualdades. (IpDH)

Colombia es reconocida como uno de los países de América Latina con mayores avances en el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTIQ+. Estos derechos están respaldados por la Constitución Política de 1991, que consagra los principios de igualdad y no discriminación, así como por una serie de leyes, decretos y sentencias de la Corte Constitucional que han ampliado las garantías para esta población.

Reconocimientos legales clave:

1. No discriminación:
  • La Constitución garantiza la igualdad ante la ley, y el Estado está obligado a proteger a todas las personas contra actos de discriminación por orientación sexual o identidad de género.
  • Ley 1482 de 2011: Establece sanciones contra actos de discriminación y delitos motivados por prejuicios hacia las personas LGBTIQ+.
2. Unión y matrimonio igualitario:
  • En 2011, la Corte Constitucional reconoció que las parejas del mismo sexo tienen derecho a formar una familia y a unirse en matrimonio, en igualdad de condiciones que las parejas heterosexuales.
3. Adopción:
  • Desde 2015, las parejas del mismo sexo tienen derecho a adoptar en Colombia, siempre que cumplan con los mismos requisitos legales que las parejas heterosexuales.
4. Cambio de identidad de género:
  • Decreto 1227 de 2015: Permite a las personas trans modificar su sexo en el registro civil y cédula de ciudadanía mediante un trámite administrativo, sin necesidad de procedimientos médicos o judiciales.
5. Protección laboral:
  • Las leyes colombianas prohíben la discriminación laboral basada en la orientación sexual o identidad de género, asegurando un trato igualitario en el acceso y permanencia en el empleo.
6. Avances en salud y educación:
  • Derecho a la salud: El sistema de salud colombiano incluye garantías para las personas LGBTIQ+, como el acceso a tratamientos médicos específicos, incluida la terapia hormonal para personas trans, y la atención en salud mental libre de prejuicios.
  • Educación inclusiva: La Ley 1620 de 2013 promueve la inclusión y la no discriminación en los entornos escolares, fomentando el respeto por la diversidad sexual y de género.

En Ecuador, las personas LGBTIQ+ cuentan con un marco legal que reconoce y protege sus derechos, aunque aún existen retos en su plena garantía y aplicación. La Constitución establece el principio de no discriminación por orientación sexual e identidad de género, permitiendo el acceso a servicios y oportunidades en igualdad de condiciones. 

Esto incluye:

  • No discriminación y protección legal (Art. 11 y 66 de la Constitución).
  • Uniones de hecho entre parejas del mismo sexo, con derechos similares al matrimonio.
  • Matrimonio igualitario (aprobado en 2019).
  • Cambio de género en documentos de identidad sin necesidad de cirugía.
  • Derechos reproductivos y de salud, incluyendo acceso a tratamientos y protección contra la discriminación en servicios médicos.

Con el tiempo, el país ha logrado avances significativos, la protección contra la discriminación en el ámbito de la salud. Sin embargo, la comunidad LGBTIQ+ sigue enfrentando barreras sociales y estructurales, lo que hace necesario continuar promoviendo la equidad y el respeto a sus derechos en todos los ámbitos de la sociedad.

Aspectos legales:

  • No hay prohibición explícita para atender a personas LGBTIQ+ en servicios públicos de salud, pero tampoco hay protecciones específicas contra la discriminación.

  • Constitución (Art. 93): Garantiza el derecho a la salud, pero no menciona orientación sexual o identidad de género.

  • Código de Salud: No incluye protocolos para atención diferenciada a población LGBTIQ+.

En la práctica

  • Discriminación:

    • Personas trans y no binarias son frecuentemente negadas atención o reciben trato hostil en hospitales públicos.

    • Falta de capacitación a médicos sobre diversidad sexual.

  • Acceso a hormonas o terapias:

    • No hay cobertura pública para terapia hormonal o cirugías de afirmación de género.

Pruebas de VIH e ITS

  • Derecho a pruebas gratuitas:

    • El MSPAS y ONGs ofrecen pruebas de VIH gratuitas y confidenciales en centros urbanos.

    • Problemas:

      • Estigma asociado al VIH lleva a subdiagnóstico.

      • Escasez de pruebas en áreas rurales.

  • Tratamiento antirretroviral:

    • Disponible en el sistema público, pero con desabastecimiento frecuente.

Las lesbianas, gays, bisexuales y transgénero (LGBT) en Francia gozan de uno de los reconocimientos legales más avanzados del mundo.
La protección contra la discriminación por motivos de orientación sexual se introdujo en la ley en 1985 y los insultos homófobos están penalizados desde 2004. Las parejas del mismo sexo están reconocidas por la unión libre y la adopción del pacto civil de solidaridad en 1999. El matrimonio entre personas del mismo sexo y la adopción por parte de estas parejas fueron aprobados por el Parlamento en su versión definitiva el 23 de abril de 2013 y promulgados en el Boletín Oficial de la República Francesa el 17 de mayo de 2013.
La identidad de género es uno de los criterios sujetos a discriminación reconocidos por la ley francesa desde el 18 de noviembre de 2016, y el procedimiento de cambio de estado civil ya no implica necesariamente (desde 2016) una intervención quirúrgica.
La discriminación o los comentarios injuriosos y difamatorios basados en la identidad de género forman parte explícitamente de los actos penalizados desde el 18 de noviembre de 2016, disposición reforzada el 27 de enero de 2017. La discriminación basada en la identidad sexual estaba penalizada desde 2012, y el concepto de identidad de género es el que utiliza la ley desde el 18 de noviembre de 2016.
Sin embargo, Francia no reconoce la posibilidad de cambiar de sexo legal sin un procedimiento jurídico complejo, ni la no binariedad, ni la intersexualidad y, en particular, la integridad físico-psicológica de los menores intersexuales.

Derechos Generales

  • Matrimonio igualitario: Legal desde 2013 (extendido a todos los territorios franceses).

  • Protección contra discriminación: Leyes francesas prohíben la homofobia y transfobia.

  • Cambio de género: Autodeterminación desde 2017 (sin requisito médico).

Servicios Públicos

  • Cobertura universal: Sistema francés (Sécurité Sociale) cubre:

    • Terapia hormonal y seguimiento médico para personas trans.

    • Pruebas de VIH/ITS gratuitas y confidenciales.

    • PrEP (profilaxis pre-exposición al VIH) disponible en hospitales.

  • Hospitales de referencia:

    • GuadalupeCHU de Pointe-à-Pitre (servicios de infectología).

    • MartinicaCHU de Fort-de-France (atención especializada).

    • Guayana FrancesaCentre Hospitalier de Cayenne (enfermedades tropicales + VIH).

    • San MartínHospital Louis-Constant Fleming (servicios básicos; casos graves se derivan a Guadalupe).

Las lesbianas, gays, bisexuales y transgénero (LGBT) en Francia gozan de uno de los reconocimientos legales más avanzados del mundo.
La protección contra la discriminación por motivos de orientación sexual se introdujo en la ley en 1985 y los insultos homófobos están penalizados desde 2004. Las parejas del mismo sexo están reconocidas por la unión libre y la adopción del pacto civil de solidaridad en 1999. El matrimonio entre personas del mismo sexo y la adopción por parte de estas parejas fueron aprobados por el Parlamento en su versión definitiva el 23 de abril de 2013 y promulgados en el Boletín Oficial de la República Francesa el 17 de mayo de 2013.
La identidad de género es uno de los criterios sujetos a discriminación reconocidos por la ley francesa desde el 18 de noviembre de 2016, y el procedimiento de cambio de estado civil ya no implica necesariamente (desde 2016) una intervención quirúrgica.
La discriminación o los comentarios injuriosos y difamatorios basados en la identidad de género forman parte explícitamente de los actos penalizados desde el 18 de noviembre de 2016, disposición reforzada el 27 de enero de 2017. La discriminación basada en la identidad sexual estaba penalizada desde 2012, y el concepto de identidad de género es el que utiliza la ley desde el 18 de noviembre de 2016.
Sin embargo, Francia no reconoce la posibilidad de cambiar de sexo legal sin un procedimiento jurídico complejo, ni la no binariedad, ni la intersexualidad y, en particular, la integridad físico-psicológica de los menores intersexuales.

Derechos Generales

  • Matrimonio igualitario: Legal desde 2013 (extendido a todos los territorios franceses).

  • Protección contra discriminación: Leyes francesas prohíben la homofobia y transfobia.

  • Cambio de género: Autodeterminación desde 2017 (sin requisito médico).

Servicios Públicos

  • Cobertura universal: Sistema francés (Sécurité Sociale) cubre:

    • Terapia hormonal y seguimiento médico para personas trans.

    • Pruebas de VIH/ITS gratuitas y confidenciales.

    • PrEP (profilaxis pre-exposición al VIH) disponible en hospitales.

  • Hospitales de referencia:

    • GuadalupeCHU de Pointe-à-Pitre (servicios de infectología).

    • MartinicaCHU de Fort-de-France (atención especializada).

    • Guayana FrancesaCentre Hospitalier de Cayenne (enfermedades tropicales + VIH).

    • San MartínHospital Louis-Constant Fleming (servicios básicos; casos graves se derivan a Guadalupe).

Derechos para personas LGBTIQ+

  • No hay leyes que criminalicen la homosexualidad (desde 1822), pero tampoco hay protecciones explícitas contra la discriminación por orientación sexual o identidad de género.

  • Constitución (Art. 42): Define el matrimonio como heterosexual, limitando derechos derivados (ej.: acceso a salud conjunta para parejas del mismo sexo).

  • Código Penal: No tipifica crímenes de odio por identidad de género u orientación sexual.

Realidad en servicios de salud

  • Discriminación sistémica:

    • Personas trans y no binarias son frecuentemente maltratadas o negadas atención en hospitales públicos.

    • Falta de protocolos para atención diferenciada (ej.: uso de nombre social para personas trans).

  • Terapias de afirmación de género:

    • No cubiertas por el sistema público. Hormonas y cirugías solo están disponibles en el sector privado (con altos costos).

 Pruebas de VIH y ITS

  • Acceso a pruebas:

    • Gratuitas en centros de salud públicos y ONGs como COIN,  pero con estigma asociado.

    • Autopruebas de VIH: No disponibles en el sistema público (solo en farmacias privadas).

  • Tratamiento antirretroviral:

    • Cubierto por el Seguro Nacional de Salud (SENASA) para personas diagnosticadas, pero con reportes de desabastecimiento.

  • Prevención combinada:

    • Programas de PrEP (profilaxis pre-exposición) son inexistentes en el sistema público.

Personas Migrantes LGBTIQ+

  • Migrantes haitianos y venezolanos LGBTIQ+:

    • Enfrentan doble discriminación (xenofobia + homofobia/transfobia).

    • Dificultad para acceder a servicios de salud sin documentos.

  • Migrantes en tránsito:

    • Vulnerables a violencia sexual en centros de detención migratoria.

Derechos de las personas en situación de movilidad sobre el acceso a los derechos sociales

Las personas migrantes en Argentina tienen derechos sociales. Pueden acceder al sistema de salud, educativo, de seguridad social y a trabajar, entre otros. Sin embargo los requerimientos para ejercer uno u otro de esos derechos pueden ir variando. Te recomendamos que ante cualquier situación concreta que estés viviendo vos u otra personas, o ante dudas más específicas, contacta con FH.

La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y la Ley de Migración N° 370 reconocen los derechos de las personas migrantes y establecen un marco legal para garantizar su protección. Sin embargo, en la práctica, existen barreras que limitan el pleno ejercicio de estos derechos. Actualmente existe una reglamentación contrapuesta con derechos constitucionales, las personas migrantes no pueden acceder al Sistema Único de Salud, es una tema de incidencia política para IpDH.

Las personas en situación de movilidad, tanto internas como internacionales, tienen derechos sociales fundamentales garantizados en Colombia. Estos derechos están enmarcados en la Constitución, leyes nacionales y tratados internacionales, y buscan asegurar el bienestar, la inclusión y la protección social de todas las personas desplazadas o migrantes, independientemente de su estatus legal o de su país de origen.

Derechos fundamentales garantizados:
  • Derecho a la no discriminación: Colombia reconoce la igualdad ante la ley de todas las personas, independientemente de su condición migratoria o de desplazamiento. La Constitución protege a las personas en situación de movilidad, asegurando que no sean objeto de discriminación por su estatus migratorio, origen nacional, raza, género u orientación sexual.
  • Derecho a la seguridad social y protección social: Las personas en situación de movilidad tienen derecho a acceder a los servicios de salud, educación y vivienda, así como a los programas de protección social como los que se ofrecen a los ciudadanos colombianos.
  • Salud: A través del sistema de salud pública, se garantizan servicios de urgencias, atención prenatal y otros servicios esenciales. La Ley 1719 de 2014 establece mecanismos para asegurar la atención en salud a migrantes y desplazados.
  • Educación: El acceso a la educación primaria y secundaria está garantizado para todos los niños, niñas y adolescentes migrantes, independientemente de su estatus migratorio. Esto se asegura mediante la Ley 1620 de 2013 y otras disposiciones.
  • Derecho a la vivienda y al trabajo: Vivienda – El derecho a acceder a vivienda digna también se extiende a las personas en situación de movilidad, especialmente a través de programas de atención a desplazados internos o migrantes. Existen iniciativas tanto del gobierno como de ONG para facilitar el acceso a albergues y viviendas temporales.
  • Trabajo: En cuanto al acceso al trabajo, las personas migrantes tienen derecho a obtener empleo en condiciones de igualdad con los nacionales. Sin embargo, las barreras burocráticas o la falta de documentación pueden limitar el acceso a ciertas formas de empleo formal.
Derechos de los migrantes y desplazados en Colombia
  • Migrantes internacionales:

Las personas migrantes, especialmente las provenientes de Venezuela, han sido reconocidas bajo el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV), que les otorga derechos laborales, de acceso a servicios públicos, educación y salud, de acuerdo con su situación de regularización migratoria.

Para los migrantes de otras nacionalidades, el acceso a estos servicios es posible una vez regularicen su estatus migratorio, pero también existe atención de urgencias y servicios básicos en ciertas circunstancias.

  • Desplazados internos:

Las personas desplazadas por el conflicto armado en Colombia tienen derecho a recibir asistencia humanitaria, protección jurídica, y acceso a la reparación integral por parte del Estado. La Ley 1448 de 2011 (Ley de Víctimas) establece medidas específicas para la atención, reparación y restitución de tierras a las personas desplazadas.

Acceso a asistencia humanitaria:

La Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV), junto con otras entidades gubernamentales y organizaciones internacionales, trabaja para garantizar la atención integral a las víctimas del desplazamiento forzado, incluyendo ayuda en la integración social y económica, asistencia psicológica y otros servicios.

Kimirina reconoce que las personas en situación de movilidad humana enfrentan múltiples barreras para acceder a servicios de salud, especialmente en temas de salud sexual y salud reproductiva, VIH e infecciones de transmisión sexual (ITS). Por ello, trabajamos activamente para garantizar que población en situación de movilidad humana, refugiados y solicitantes de asilo reciban atención médica integral, libre de discriminación y adaptada a sus necesidades. 

A través de nuestro modelo comunitario, ofrecemos:

  • Pruebas de VIH e ITS 
  • Asesoría en salud sexual
  • Acceso a PrEP (Profilaxis Pre exposición)
  • PEP (Profilaxis Pos exposición)
  • Apoyamos en la vinculación de las personas con VIH para que puedan acceder a los servicios del sistema de salud público.
  • Atención ginecológica y psicológica
  • Endocrinología, proctología, urología y medicina interna.

 

Importante: el servicio de pruebas, PrEP y PEP son gratuitos, mientras que las especialidades cuentan con una subvención a partir de una evaluación dependiendo del caso. 

Además, colaboramos con otras entidades y redes de apoyo para fortalecer la respuesta humanitaria y la integración de las personas en situación de movilidad humana en Ecuador, promoviendo su bienestar y acceso a servicios esenciales.

Marco Legal

  • Ley de Migración (Decreto 44-2022): Regula entrada, salida y estancia de extranjeros, pero no protege específicamente a migrantes en tránsito (como caravanas hacia EE.UU.).

  • Refugio: Guatemala es signataria de la Convención de 1951 sobre Refugiados, pero:

    • Limitaciones: Solo reconoce el 2% de solicitudes de asilo (datos 2024).

    • Problemas: Demoras en el proceso (hasta 2 años) y falta de recursos.

Derechos Básicos

  • Acceso a salud:

    • Migrantes irregulares solo reciben atención de emergencia en hospitales públicos (Art. 3 de la Ley de Migración).

    • Exclusiones: VIH o enfermedades crónicas no son prioridad.

  • Educación: Niños migrantes pueden acceder a escuelas públicas, pero enfrentan barreras burocráticas (requisito de documentos).

Situación de grupos vulnerables

  • Mujeres y niños:

    • Alto riesgo de trata y violencia sexual (especialmente en rutas como Tecún Umán).

    • Pocos albergues con protección especializada.

  • Personas LGBTIQ+:

    • Discriminación en albergues y deportaciones sin evaluar riesgos (ej.: migrantes hondureñas trans).

Retos principales

  • Deportaciones aceleradas: Cooperación con EE.UU. y México bajo presión.

  • Xenofobia: Discursos políticos contra migrantes (especialmente venezolanos y haitianos).

  • Corrupción: Extorsión por parte de autoridades migratorias.

Martinica, Guadalupe y San Martín son islas francesas situadas en zonas fronterizas de habla inglesa e hispana:

  • Martinica está situada entre Dominica y Santa Lucía;
  • La isla de Guadalupe está situada entre Dominica y un grupo de islas como San Martín, San Cristóbal y Nieves, Montserrat, Antigua y Barbuda;
  • Saint-Martin no tiene fronteras físicas, forma una sola isla con Anguila y San Bartolomé (isla francesa).

En Martinica y Guadalupe, las comunidades inmigrantes son originarias de la República Dominicana, Santa Lucía, Haití y Dominica.

En San Martín, los inmigrantes son principalmente de países vecinos como Haití y la República Dominicana. También hay personas provenientes de Venezuela, Colombia, Jamaica y Guyana.

El perfil de los inmigrantes corresponde a personas seropositivas que se desplazan por falta de acceso al tratamiento, especialmente en el caso de los venezolanos. También incluyen a trabajadoras sexuales, miembros de la comunidad LGBTQI+ y personas en situación de extrema vulnerabilidad económica. Las razones de su movilidad se explican por la crisis política, económica y social en Haití y Venezuela, la falta de recursos económicos y la falta de acceso a servicios de salud en las islas/países vecinos. También existe un gran estigma y discriminación basados en el estado serológico respecto al VIH o a la orientación sexual, lo que impulsa a las personas a desplazarse.

Las rutas migratorias son diversas debido a los diferentes tratados que existen en la región. Las personas procedentes de Haití y del Caribe anglófono forman parte de la Comunidad del Caribe (CARICOM)[1]. Su pertenencia a esta comunidad les facilita el tránsito y llegan así a los territorios fronterizos de Martinica y Guadalupe, como Santa Lucía y San Cristóbal.

Las personas procedentes de la República Dominicana llegan a Martinica, Santa Lucía y Guadalupe en barco, cruzando ilegalmente y arriesgando sus vidas.

Los latinoamericanos entran con un visado de turista de 3 meses y salen en avión cuando expira el visado.

Para sobrevivir, las personas que se desplazan tienen trabajos clandestinos o inseguros a corto plazo. También pueden encontrarse en una situación en la que se dediquen al trabajo sexual.

Históricamente, la Guayana Francesa es el país de destino de la comunidad haitiana. Las comunidades migrantes proceden principalmente de los países vecinos: Surinam y Brasil. Recientemente, los flujos migratorios se han vuelto más complejos, con un flujo de personas en tránsito para obtener papeles de residencia francesa y poder así llegar a Europa o a los Estados Unidos. 

Las razones por las que las personas vienen a Guayana Francesa son la falta de trabajo en su país de origen, las crisis políticas, sociales y económicas en los países vecinos (Venezuela, Brasil), la falta de acceso a la educación, el acceso limitado a la salud, la búsqueda de trabajo en territorio francés debido a la extrema precariedad en sus países respectivos y, por último, la estigmatización y la discriminación vinculadas al estado serológico respecto al VIH y/o a la orientación sexual.

Las trabajadoras del sexo inmigrantes provienen sobre todo del Brasil y de la República Dominicana. También hay personas provenientes de Venezuela y Cuba, pero en menor cantidad y no hay datos oficiales. Las personas que viven con el VIH son de origen brasileño, surinamés, haitiano o dominicano, y provienen de condiciones de vida extremadamente precarias.

El equipo de AIDES constata que los inmigrantes que están de manera temporal en la Guayana Francesa llegan por etapas, vía Brasil o Surinam. Llegan en piragua, en avión o por tierra. Sobreviven con trabajos precarios, contratos de corta duración o trabajo sexual. Se ayudan entre ellos a través de redes de solidaridad en dónde comparten ofertas de alojamiento y de asistencia de manera ocasional.

La inmigración en  República Dominicana se caracteriza principalmente por la llegada de personas originarias de Haití, su país vecino. Según las últimas cifras del PNUD, en 2019, un 86,5% de la población de inmigrantes era de origen haitiano. Llegan a la República Dominicana principalmente por razones económicas y por la situación política del país respectivo. Según datos compartidos por el personal de COIN, os venezolanos representan el 1,2% de los inmigrantes, la mayoría de los cuales se instalan temporalmente en la capital antes de continuar hacia los Estados Unidos. Los cubanos representan el 0,3% de los inmigrantes.

Las razones por las que las personas vienen a la República Dominicana son la falta de trabajo, las crisis políticas y económicas en sus países (Venezuela, Cuba), el acceso muy limitado a la atención en salud y, por último, el estigma y la discriminación asociados al estado serológico respecto al VIH, la orientación sexual y los miembros de la comunidad LGBT.

Los migrantes trabajan, a menudo ilegalmente, en la construcción, la agricultura, el transporte y el comercio. Las trabajadoras del sexo son principalmente haitianas y venezolanas.  

Procedimiento de regularización.

Las personas migrantes en Argentina deben tramitar residencias para evitar un estatus irregular. La residencia es un permiso brindado por el Estado para vivir en el país. Para conseguir la residencia, debés hacer un trámite en la página web de la Dirección Nacional de Migraciones: argentina.gob.ar/interior/migraciones Para conocer más sobre los trámites para la residencia, podes entrar al Canal Único de Contacto de la Dirección Nacional de Migraciones: canalunico.mininterior.gov.ar También podés pedir información y asistencia para los trámites de residencia en la embajada/consulado de tu país, en caso de que tenga sede en Argentina. Si sos migrante y querés radicarte en Argentina, necesitás tramitar alguna de las residencias previstas por la ley argentina.

Hay cuatro tipos de residencia: la residencia precaria, la residencia transitoria, la residencia temporaria, la residencia permanente. Los requisitos para acceder a cada una son distintos, pero en todos los casos vas a necesitar tu documentación personal. Por lo tanto es útil que puedas escanear o sacarle una foto a tus documentos personales y luego subirlos a la página web de la Dirección Nacional de Migraciones. Los requisitos para conseguir la residencia varían según seas nacional de un país miembro o asociado al Mercosur o no. Los países miembros y asociados al Mercosur son Brasil, Uruguay, Paraguay, Chile, Bolivia, Surinam, Venezuela, Perú, Colombia, Guyana, Ecuador.

Residencia precaria y transitoria

Los trámites para obtener las residencias pueden demorar. Por lo que mientras tramitas algún tipo de residencia, el Estado te brindará una residencia precaria que te permitirá trabajar y estudiar en Argentina. La residencia precaria dura 90 días. Cuando vence, podés renovarla hasta que termine el trámite de la residencia que solicitaste.

A su vez, también podés ingresar con una residencia transitoria si vas a estar poco tiempo, por ejemplo, si venís como turista o por motivos específicos.

Residencia temporaria

Resulta más complejo para tramitar residencias temporarias en caso que desees establecerte en el país por bastante tiempo, aunque sin quedarte a vivir de forma definitiva. También podes tramitarla como un paso previo para obtener la residencia permanente. Según sea el caso, el plazo de la residencia temporaria podría ser de 1, 2 o 3 años y son renovables. La residencia temporaria habilita para entrar y salir del país indefinidamente. La documentación que tendrías que presentar para pedir la residencia es: cédula de identidad, pasaporte o certificado de nacionalidad de tu país de origen (que incluya foto), certificado de antecedentes penales de tu país de origen y de los países en donde viviste en los últimos 3 años, una declaración jurada de que no tenés antecedentes penales en otros países (lo cual se realiza de modo presencial en la Dirección Nacional de Migraciones), documento de viaje o tarjeta migratoria con el sello de ingreso a Argentina, el certificado de domicilio o factura de un servicio público a tu nombre (puede ser de impuestos municipales, servicios de luz, agua o gas) y tasa de radicación.

El certificado de antecedentes penales lo podes tramitar directamente en la página web de la Dirección Nacional de Migraciones.

El certificado de domicilio sirve para probar dónde vivís en Argentina. Dónde tramitarlo puede depender de la ciudad o provincia en que residas. Habitualmente son las sedes policiales quienes emiten certificados de domicilio. Si vivís en una villa o asentamiento, podés usar como certificado de domicilio el Certificado de Vivienda Familiar del Registro Nacional de Barrios Populares que se tramita en la ANSES, que es el organismo nacional de la seguridad social. 

En caso de que vengas de un país que no es miembro o no es asociado al Mercosur, debés presentar documentación adicional para demostrar el cumplimiento de los requisitos para acceder al tipo de residencia temporaria que estás solicitando. 

Residencia permanente

Finalmente, podes acceder a la residencia permanente si es que decidís establecerte en el país de modo definitivo. La residencia permanente corresponde en casos de que seas familiar de una persona de nacionalidad argentina o de una persona extranjera radicada en forma permanente en Argentina, si venís de un país miembro o asociado al Mercosur y tuviste residencia temporaria en Argentina por 2 años continuos e ininterrumpidos,o en el caso de que vengas de cualquier otro país que no sea miembro o asociado al Mercosur pero tuviste residencia temporaria en Argentina por 3 años continuos e ininterrumpidos. La documentación para pedir la residencia permanente es la misma que la que deberías presentar para pedir la residencia temporaria. En caso de pedir la residencia permanente, debés subir a la página web de la Dirección Nacional de Migraciones la documentación correspondiente a tu partida de nacimiento y la documentación específica de acuerdo al motivo por el que estás pidiendo vivir de manera permanente en el país.

Todos los trámites para iniciar y acceder a cualquier tipo de residencia pueden ser realizados por la misma persona, sin necesidad de contratar abogados o gestores. Todos los trámites de residencia se hacen online y se inician únicamente a través del Sistema de Radicación a Distancia Ra.D.Ex: migraciones.gob.ar/radex/ 

El primer paso es que te registres en el sistema mediante una cuenta de correo electrónico. Así entonces es que desde el sistema se te asignará una cuenta de usuario con. Con este usuario podrás navegar en el sitio web de la Dirección Nacional de Migraciones. Debés tener a mano toda la documentación y datos requeridos según el tipo de residencia que solicites. En caso de que gestiones residencias para tus familiares, tenés que tener también sus documentos. Cuando hayas finalizado tu solicitud, la Dirección Nacional de Migraciones te enviará la cita por correo electrónico para que te presentes en la delegación más cercana a tu domicilio. Tené en cuenta que para solicitar la residencia online es necesario que te encuentres dentro del territorio de la República Argentina. El sistema constatará el ingreso legal, y puede solicitarte el comprobante de entrada al país y/o sellado en el pasaporte .

La regularización migratorio en Bolivia requiere:

  1. Pasaporte válido: Con una vigencia mínima establecida por ley.
  2. Formulario de solicitud: llenado y firmado.
  3. Comprobante de pago de tasas correspondientes al trámite.
  4. Documentos que justifiquen el motivo de permanencia: Como certificado de estudios, contrato de trabajo, certificado de matrimonio con boliviano/a, etc.
  5. Certificaciones de:

Fuerza especial de Lucha contra el Crimen (FLCC)

  • Depósito bancario de Bs. 80 (7$) al cuenta de Banco Unión
  • Fotocopia simple del deposito bancario
  • Fotocopia de cédula de identidad o pasaporte vigente y original

Fuerza especial de Lucha contra el Crimen (FLCN)

  • Depósito bancario de Bs. 80 (7$) al cuenta de Banco Unión
  • Fotocopia simple del deposito bancario
  • Dos Fotocopia de cédula de identidad o pasaporte vigente y original
  • Las señoras que lleven el apellido de casada deben presentar una fotocopia del matrimonio
  • Trámites para menores edad y extranjeros deben presentar memorial dirigido al Director Departamental de la FLCN

Registro Judicial de Antecedentes Penales:

  • 2 fotocopias de cédula de identidad o pasaporte original y vigente
  • Costo del trámite Bs, 50 ( 4,5$)

 

6. Examen médico: Depósito bancario de Bs. 500 (45$) para persona mayor y Bs. 240 (22 $) para niños menores de 14 años. El examen contiene varios prerrequisitos establecidos hasta la obtención del certificado de salud. 

  1.  

7. Notaría para declaración jurada (solvencia económica). La declaración jurada de solvencia puede ser realizada en cualquier notaría del departamento el costo es de Bs, 75 (7$ ) y tiene que tener en la declaración jurada la firma del solvente y del solventado. 

8. Interpol.

  • Solicitud escrita dirigida al director departamental de interpol especificando datos personales, nacionalidad, DNI o pasaporte, estado civil, ocupación, domicilio o el motivo
  • Una fotocopia del pasaporte de visa y sello de ingreso a Bolivia a colores
  • Dos fotografías de frente y una de perfil derecho 3×4 fondo rojo.
  • Fotocopia de la la cedula de identidad de extranjería
  • Certificaciones de FLCC, FLCN, REJAP (Punto Nro 5)
  • Fotocopia de contrato de alquiler anticrético a nombre del solicitante, fotocopia de la cédula de identidad del propietario del inmueble y documentos que acredite el derecho a la propiedad del inmueble y croquis del domicilio
  • Factura de servicios básicos
  • Depósito bancaria Bs. 140 (13$)
  • Presentar toda la documentación en folder amarillo

El proceso de regularización migratoria en Colombia es fundamental para garantizar que las personas migrantes, independientemente de su nacionalidad, puedan acceder a derechos fundamentales como salud, educación, trabajo, y otros servicios sociales. El Estado colombiano ha implementado diversos mecanismos y leyes para regularizar la situación migratoria, siendo uno de los más relevantes el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV), aunque también existen procedimientos para otras nacionalidades.

1. Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV)

El ETPV, establecido en febrero de 2021, es un proceso de regularización migratoria excepcional diseñado específicamente para los migrantes venezolanos. Este estatuto tiene como objetivo brindar protección temporal a los migrantes venezolanos que se encuentran en Colombia de manera irregular, permitiéndoles acceder a derechos laborales, de salud, y educación, entre otros.

Procedimiento bajo el ETPV:

  • Inscripción: La población venezolana debe inscribirse en el registro de migrantes de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia (UAE Migración), dentro del plazo establecido (inicialmente hasta 2023, pero ha sido prorrogado).
  • Documentación: Para completar la inscripción, los migrantes deben presentar su documento de identificación venezolano (como la cédula de identidad), o, en su defecto, otros documentos que permitan verificar su identidad. Las personas sin documentos pueden igualmente inscribirse con declaraciones de identidad.
  • Permiso de permanencia temporal: Tras la inscripción, los migrantes venezolanos reciben un Permiso de Permanencia Temporal (PPT), el cual es válido por 10 años, permitiéndoles acceder a derechos como el trabajo, la salud, la educación y otros beneficios sociales.
  • Renovación y actualización: El PPT puede ser renovado y actualizado conforme el migrante permanezca en el país, y la regularización puede ir acompañada de la integración progresiva de los migrantes a los servicios nacionales.
2. Procedimiento para Migrantes de Otras Nacionalidades:

El procedimiento de regularización también aplica para migrantes de otras nacionalidades, aunque con mecanismos diferentes dependiendo de su estatus y situación migratoria.

Tipos de visas disponibles:
  • Visa de Residencia: Personas que tienen vínculo con el país (por ejemplo, por matrimonio con un colombiano, por inversión o por motivos de trabajo) pueden solicitar la visa de residencia.
  • Visa de Trabajo: Si un migrante obtiene un contrato laboral, puede aplicar para una visa de trabajo, lo cual le permitirá regularizar su situación migratoria y acceder a beneficios como la seguridad social y la posibilidad de trabajar formalmente.
  • Visa de Estudio: Los migrantes que lleguen a Colombia con fines educativos, como estudiantes internacionales, pueden solicitar una visa de estudio que les permitirá residir en el país durante el tiempo de duración de sus estudios.
  • Visas Humanitarias: Las personas que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad o riesgo, como víctimas de persecución, pueden solicitar una visa humanitaria. Este tipo de visa está pensado para personas que han sido desplazadas por violencia o conflictos armados.
Trámites y requisitos:
  • Solicitud de Visa: Las personas deben presentar su solicitud ante la Cancillería de Colombia o a través de su plataforma de visa digital.
  • Documentos requeridos: En general, los migrantes deben presentar pasaporte vigente, fotos recientes, formularios específicos y, en algunos casos, pruebas de la situación que motiva la solicitud de visa.
  • Estudio de solicitud: La Cancillería revisará la solicitud, los documentos presentados y la situación de cada solicitante para aprobar o rechazar la visa.
Salvoconductos

El salvoconducto es un documento migratorio que se otorga a las personas extranjeras en situación irregular que necesitan regularizar su estancia en el país, o que están en proceso de retorno a su país de origen.

Es un permiso temporal emitido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia (Migración Colombia), que autoriza a los migrantes en situación irregular a permanecer en el país bajo ciertas condiciones, o a salir de Colombia sin enfrentarse a sanciones migratorias. El salvoconducto no otorga derechos permanentes de residencia, pero sí permite la regularización temporal y el acceso a ciertos servicios básicos durante su período de vigencia.

Tipos de Salvoconductos:
  • Salvoconducto para Regularización:

Este tipo de salvoconducto se utiliza para personas migrantes que están en el proceso de regularización migratoria (por ejemplo, los migrantes venezolanos bajo el Estatuto Temporal de Protección). Con este documento, los migrantes pueden permanecer legalmente en el país mientras se resuelve su situación migratoria definitiva. Este salvoconducto les permite acceder a derechos como salud y educación de manera temporal.

  • Salvoconducto para Retorno Voluntario:

Se otorga a los migrantes que desean regresar a su país de origen de manera voluntaria. Este permiso les permite salir de Colombia sin enfrentar sanciones migratorias, y puede estar acompañado de asistencia humanitaria y de transporte, en caso de que el migrante esté en situación de vulnerabilidad.

  • Salvoconducto de Emergencia:

Este tipo de salvoconducto se emite para personas que se encuentran en una situación de urgencia o crisis (por ejemplo, víctimas de violencia o desastres naturales) y necesitan permanecer en Colombia temporalmente sin ser objeto de detenciones o sanciones.

Requisitos para Solicitar el Salvoconducto:

Los requisitos específicos pueden variar según el tipo de salvoconducto solicitado, pero generalmente incluyen:

  • Formulario de solicitud: El migrante debe llenar un formulario de solicitud de salvoconducto, disponible en la página web de Migración Colombia o directamente en las oficinas de Migración.
  • Documento de identificación o prueba de identidad: Aunque algunos migrantes en situación irregular no posean documentos de identificación, se puede presentar otro tipo de prueba de identidad o testimonio que demuestre su nacionalidad o situación.
  • Motivo de solicitud: Es necesario justificar el motivo por el cual se solicita el salvoconducto, ya sea por regularización, retorno voluntario, o emergencia.
  • Prueba de situación de irregularidad migratoria: Si el solicitante está en Colombia sin un estatus migratorio regular, deberá demostrar que se encuentra en situación irregular.
Proceso de Solicitud:
  • Presentación de la solicitud: La solicitud de salvoconducto puede presentarse en línea a través de la plataforma de Migración Colombia o directamente en las oficinas de Migración. Para casos de retorno voluntario, a veces se coordina con organizaciones humanitarias que apoyan el proceso.
  • Revisión de la solicitud: Migración Colombia revisará la solicitud y los documentos entregados, verificando si el solicitante cumple con los requisitos establecidos para el tipo de salvoconducto. La aprobación puede tardar desde unas semanas hasta algunos meses, dependiendo de la situación.
  • Emisión del salvoconducto: Si la solicitud es aprobada, Migración Colombia emite el salvoconducto y le otorga al solicitante un documento con un período de validez determinado, según el tipo de salvoconducto otorgado.

En cuanto al procedimiento de regularización de migrantes, en 2023, el gobierno de Guillermo Lasso aprobó el decreto no 43624 , que facilita la regularización de los ciudadanos venezolanos que hayan entrado en Ecuador a través de un punto de control migratorio. Estas personas pueden solicitar un permiso de residencia temporal de dos años, renovable una sola vez. Este permiso facilita el acceso a los servicios sanitarios. La legislación confirma que los migrantes con permiso de residencia temporal tienen derecho a acceder a los servicios sanitarios, encontrar un empleo permanente y beneficiarse de los derechos y servicios básicos.

Al final de la página se mostrará la tabla de servicios de derechos que ofrece cada socio dentro de la red con su respectivo detalle adicional de sus contactos que tendrá un botón de contacto independiente por socio al finalizar la tabla.

Existen varios tipos de permiso de residencia en Francia, que permiten a los extranjeros residir legalmente en territorio francés durante un periodo de tiempo determinado. He aquí los principales permisos de residencia:

  • Permiso de residencia «vida privada y familiar», incluido el permiso de residencia «extranjero enfermo
  • Permiso de residencia «trabajador por cuenta ajena» o «trabajador temporal
  • Permiso de residencia «empresario/profesional
  • Permiso de residencia «pasaporte de talentos
  • Permiso de residencia «Pasaporte de talentos (familia)
  • Permiso de residencia «trabajador temporero
  • Permiso de residencia «Trabajador en comisión de servicios TIC
  • Permiso de residencia «visitante
  • Permiso de residencia «jubilado

Toda la información y los procedimientos adaptados a su situación están disponibles en: https:

Dependiendo del permiso de residencia, la solicitud debe hacerse en la prefectura de su localidad o directamente en línea en la página web de la ANEF (Administración Numérica de Extranjeros en Francia): https:

Derecho a trabajar: todos los permisos de residencia dan derecho a trabajar, salvo los permisos de residencia de «visitante» y «jubilado».

 

Conviene saber: el permiso de residencia de estudiante/formador extranjero

Para estudiar en Francia como extranjero, primero debe solicitar un visado de larga duración con permiso de residencia (VLS-TS) para «estudiantes», válido de cuatro meses a un año. Después de un año, puede solicitar un permiso de residencia temporal para estudiantes (válido durante un año) o un permiso de residencia plurianual para estudiantes (válido de dos a cuatro años).

Más información: https://www.service-public.fr/particuliers/vosdroits/F2231

 Duración y renovación del permiso de residencia

Para los solicitantes primerizos, todos estos permisos de residencia suelen tener una validez de un año.

Para las solicitudes de renovación, la duración puede ser de un año o más, lo que se conoce como permiso de residencia plurianual.

  • La persona debe presentar una nueva solicitud de permiso de residencia, como muy pronto cuatro meses antes de que expire y como muy tarde dos meses antes de que expire. Esto también se hace en la ANEF.
  • La duración del segundo permiso de residencia y de los siguientes puede ser de un año o de cuatro años como máximo.

En el caso del permiso de residencia «extranjero enfermo», dependerá en particular de la estimación que haga la Ofii de la duración del tratamiento en Francia.

  • La prefectura decidirá la duración.

Existen varios tipos de permiso de residencia en Francia, que permiten a los extranjeros residir legalmente en territorio francés durante un periodo de tiempo determinado. He aquí los principales permisos de residencia:

  • Permiso de residencia «vida privada y familiar», incluido el permiso de residencia «extranjero enfermo
  • Permiso de residencia «trabajador por cuenta ajena» o «trabajador temporal
  • Permiso de residencia «empresario/profesional
  • Permiso de residencia «pasaporte de talentos
  • Permiso de residencia «Pasaporte de talentos (familia)
  • Permiso de residencia «trabajador temporero
  • Permiso de residencia «Trabajador en comisión de servicios TIC
  • Permiso de residencia «visitante
  • Permiso de residencia «jubilado

Toda la información y los procedimientos adaptados a su situación están disponibles en: https:

Dependiendo del permiso de residencia, la solicitud debe hacerse en la prefectura de su localidad o directamente en línea en la página web de la ANEF (Administración Numérica de Extranjeros en Francia): https:

Derecho a trabajar: todos los permisos de residencia dan derecho a trabajar, salvo los permisos de residencia de «visitante» y «jubilado».

 

Conviene saber: el permiso de residencia de estudiante/formador extranjero

Para estudiar en Francia como extranjero, primero debe solicitar un visado de larga duración con permiso de residencia (VLS-TS) para «estudiantes», válido de cuatro meses a un año. Después de un año, puede solicitar un permiso de residencia temporal para estudiantes (válido durante un año) o un permiso de residencia plurianual para estudiantes (válido de dos a cuatro años).

Más información: https://www.service-public.fr/particuliers/vosdroits/F2231

 Duración y renovación del permiso de residencia

Para los solicitantes primerizos, todos estos permisos de residencia suelen tener una validez de un año.

Para las solicitudes de renovación, la duración puede ser de un año o más, lo que se conoce como permiso de residencia plurianual.

  • La persona debe presentar una nueva solicitud de permiso de residencia, como muy pronto cuatro meses antes de que expire y como muy tarde dos meses antes de que expire. Esto también se hace en la ANEF.
  • La duración del segundo permiso de residencia y de los siguientes puede ser de un año o de cuatro años como máximo.

En el caso del permiso de residencia «extranjero enfermo», dependerá en particular de la estimación que haga la Ofii de la duración del tratamiento en Francia.

  • La prefectura decidirá la duración.

Red Somos

Tabla de servicios

Coin República Dominicana

Tabla de servicios

Aides Gudalupe San Martin Martinica

Tabla de servicios

Aides Guyana

Tabla de servicios

Kimirina

Tabla de servicios

Cas Guatemala

Tabla de servicios

IpDH

Tabla de servicios

Fundación Huésped

Tabla de servicios